Mientras ‘Qatargate’ obliga a Bruselas a anunciar sanciones más duras contra la corrupción en toda la UE, España está reformando la sanción por malversación de fondos, abriendo la puerta a más corrupción…
… pero también las puertas de la cárcel para algunos condenados por malversación de fondos. De hecho, en cuanto a la ley de “solo un si es un si” lo que permite Los delincuentes sexuales deben salir temprano de prisión (ya más de 130 en unas pocas semanas), lo mismo puede ser cierto para aquellos que cumplen condena por corrupción. Pero ¿Por qué tal situación?
Mi Primero: Reforma del Delito de Sedición
Todo empezó con la reforma del delito de sedición, reivindicación de los separatistas catalanes de ERC, que saben perfectamente cómo monetizar su apoyo al gobierno español. Como señaló la portavoz del Gobierno catalán el pasado mes de diciembre, “Estamos acostumbrados a que el Gobierno español siempre diga ‘no’ al principio… Dijo ‘no’ a muchas cosas que finalmente sucedieron“!
Mi segundo: reforma penal por malversación de fondos
Así, el delito de sedición fue finalmente revocado y sustituido por el de “perturbación del orden público agravada”, que la pena máxima de 15 a 5 años de prisión y prohibición de ejercer durante 6 a 8 años (frente a 10 a 15 años antes). Debe recordarse que los líderes del “juicio” había sido condenado a 13 años de prisión por sedición. Además de derogar el delito de sedición, PSOE y Unidas Podemos también acordaron reducir el delito de malversación.
La reforma traza una peligrosa distinción entre sacar provecho para uno mismo y sacar provecho para los demás.
Mi todo: una reforma ad hoc que reduce peligrosamente las penas
La malversación es directamente relacionado con la corrupción y se produce cuando un funcionario o autoridad malversa los caudales públicos o los administra indebidamente, en los términos previstos en el artículo 435 del Código Penal. Sin embargo, la reforma del desfalco, creado ad hoc para favorecer a los condenados del juiciopasa de la pena máxima actual de 15 años de prisión a entre tres y cinco años, entre otros cambios.
Robar para uno mismo… o no, esa es la cuestión
Sobre todo, la reforma traza una peligrosa distinción entre la lucrar para uno mismo y lucrar para los demás. Así, contempla tres escenarios diferentes: la existencia de un enriquecimiento ilícito de funcionarios que ven aumentar su patrimonio en más de 250.000 euros sin poder justificarlo, lo que conduce al mantenimiento de las penas vigentes (de dos a doce años de prisión y de seis a veinte años de prohibición de ejercicio), y a dos nuevos tipos de delitos: uno crimen de “uso privado” sin fines de lucro (prisión de seis meses a tres años e inhabilitación de uno a cuatro años para el ejercicio de la profesión) y otra falta cuando el fondos malversados se utilicen para un fin distinto al que fueron destinados (prisión de uno a cuatro años).
Reducción de sentencias para algunos condenados por corrupción
La reforma podría beneficiar principalmente a una treintena de políticos y funcionarios vinculados a la preparación del referéndum del 1 de octubre de 2017 sobre la independencia de Cataluña. Pero no solo. También podría tener un efecto colateral en otros casos de corrupción en los que se han desviado fondos, pero para los cuales no se encontró ningún beneficio personal. De ser así, habrá que reducir las penas por malversación de fondos de acuerdo con la nueva reforma legal que entra en vigor el 12 de enero de 2023. ejemplo ejemplo. Evidentemente, esto no sería una buena noticia para el gobierno a pocos meses de las elecciones…
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