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Actualización 2021 de la lista de estados que eximen a las multinacionales de completar la declaración por país

Artículo editorial del 6 de febrero de 2021

Crédito de la foto: Budap.com – stock.adobe.com

El Gobierno acaba de publicar un decreto que actualiza el listado de estados y territorios mencionados en el artículo 223 C-II quinquies del CGI.

En el ámbito de la Ley de Finanzas de 2016 (Art. 121), los diputados aprobaron un “nuevo” artículo 223 quinquies C del CGI que obliga a las empresas con una facturación global consolidada superior o igual a 750 millones de euros a presentar una solicitud país – país declaración destinada a facilitar el control de los precios de transferencia.

Esta declaración, que incluye la distribución país por país de las utilidades y agregados económicos, contables y fiscales del grupo, así como la información sobre la ubicación y actividad de las entidades que lo constituyen, se realiza de manera desmaterializada, dentro de los doce meses siguientes del ejercicio de cierre, por personas jurídicas establecidas en Francia que cumplan los siguientes criterios:

  • preparar cuentas consolidadas;

  • poseer o controlar, directa o indirectamente, una o más entidades legales establecidas fuera de Francia o tener sucursales allí;

  • lograr unas ventas anuales consolidadas, sin impuestos, superiores o iguales a 750 millones de euros;

  • no ser detenido por una o más entidades legales ubicadas en Francia y obligadas a presentar esta declaración, o establecido fuera de Francia y obligado a presentar una declaración similar según las regulaciones extranjeras.

TodavíaQuedan exentas de esta obligación las entidades poseídas o controladas por una persona jurídica establecida en un Estado o territorio incluido en la lista a que se refiere el inciso II de este artículo.

Esta lista se actualiza para tener en cuenta los cambios en la legislación de los socios de Francia y la entrada en vigor de instrumentos internacionales útiles para el intercambio de información.

Para los años fiscales que comienzan en o después del 1 de enero de 2016, la lista de estados y territorios mencionados en el Artículo 223 C-Quinquies de CGI II incluía los estados miembros de la UE, así como los siguientes estados y territorios:

Como resultado de la actualización, se agregan nuevos estados.

Juan Penaloza
Juan Penaloza
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