Estando embarazada de diecisiete semanas, Marta Vigara, geriatra de 37 años del hospital universitario Clínico San Carlos de Madrid, pierde agua. Ella va a la sala de emergencias. Se da el veredicto: el saco amniótico se ha roto por completo. El corazón del feto sigue latiendo, pero sus posibilidades de supervivencia son escasas o nulas y el riesgo para la madre es considerable. Sin embargo, ninguno de sus compañeros del servicio de ginecología de este hospital público del norte de la capital española está dispuesto a practicarle un aborto. Todos son objetores de conciencia, le dice ella, antes de ser enviados al servicio de abortos de la calle Sagasta, en pleno centro de Madrid, para conseguir una cita en una clínica privada concertada.
“En ese momento me sentí abandonada y casi abusada, pero también culpable y miserable. Me echaron toda la culpa, haciéndome saber que para terminar con esto, tenía que cuidarme sola…”, dice esta doctora, al micrófono de la radio Cadena SER, en este día de finales de septiembre de 2021. De inmediato, su conmovedor testimonio provoca una ola de solidaridad en las redes sociales, donde decenas de mujeres comparten experiencias similares. Y no es para menos: en Madrid y su región, como en Aragón, Extremadura, Castilla-La Mancha o Murcia, ningún hospital público practica abortos.
Los abortos, autorizados sin prueba médica hasta la decimocuarta semana desde 2010, son delegados a clínicas privadas, sin costo para la paciente. Y los llamados abortos terapéuticos, en caso de grave malformación o riesgo para la madre, sólo se practican en establecimientos públicos de salud con la buena voluntad de los equipos médicos de guardia ese día o de la organización que establezca el Jefe de Servicio.
“Registro ideológico”
Preguntado por el caso de Marta Vigara, la Defensora de los Derechos, el exministro Ángel Gabilondo (Partido Socialista), entregó su informe el pasado 13 de julio, y mientras en Madrid actualmente menos del 1% de los abortos se realizan en establecimientos públicos, recordó que “La objeción de conciencia es un derecho individual que debe ejercerse de forma previa y por escrito y que no debe poner en peligro el tratamiento y atención médica adecuada de las mujeres que lo necesiten”. Una posición que llega en septiembre el Tribunal Constitucional debe pronunciarse sobre el recurso interpuesto por el Partido Popular contra la ley de 2010.
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