El proceso de extradición fue iniciado el pasado 21 de abril por el juzgado de Reus (Tarragona), tras la detención por parte de Interpol del marroquí que era objeto de una orden de detención internacional dictada por Marruecos. Durante su comparecencia del 1 de julio, el acusado, representado por el abogado Nabil El Meknassi Barnosi, afirmó que no había dado su consentimiento para la extradición. Una posición que reiteró en la audiencia de extradición del 7 de septiembre en la Audiencia Nacional, informa Diario de Almería.
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El imputado se presume autor en Marruecos de un delito de tráfico ilícito de migrantes, pertenencia a organización criminal y estafa. En España, estos hechos constituyen un atentado contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Pero antes de pronunciarse sobre la admisibilidad de la solicitud de extradición, el juez español ha querido asegurar “la existencia de una sentencia de necesidad del país requirente”, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que exige “extremar las precauciones” para evitar cualquier vulneración. de los derechos fundamentales del interesado.
“Por todas estas razones, y constatando la ausencia de sentencia de necesidad por parte de Marruecos, que dictó una orden internacional de detención contra el imputado, no es posible conceder la extradición de este último”, concluyó el juez español.
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