La reforma entra en vigencia en la CDMX para que los cónyuges abusadores salgan de casa y paguen por los servicios

A partir de este martes, varias reformas en el Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, entre los que destaca que cuando un mujer es atacada en casa para tu pareja, tendrá que salir de casa, pero será responsable de pagar los servicios y no podrás vender la casa.

En este sentido, en el inciso III del artículo 63, se estipuló que el agresor tiene la obligación de hacerse cargo del mantenimiento o pago de los servicios de la vivienda.

“Las obligaciones contractuales del agresor deben estar garantizadas con respecto a la propiedad o posesión que existía anteriormente o el sustento previsto para ello”.

También estaba prohibido que el el agresor puede vender o aprovechar la mercancía de la sociedad conyugal o de los del hogar común en caso de convivencia o sociedad de convivencia, nulos los cometidos por el agresor en violación de la ley.

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Terapia de rehabilitación y reintegración social para agresores

Por otro lado, las modificaciones al artículo 24 establecen que las acciones y medidas de rehabilitación y reintegración social del agresor violencia sexual; siempre que exista un modelo de abordaje psicoterapéutico debidamente probado en sus beneficios y alcances y supervisado por la Secretaría de la Mujer.

Además, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, en coordinación con la Secretaría de la Mujer de la Ciudad de México y el Ministerio Público, deberán facilitar los trámites para la mujeres víctimas de violencia obtener vivienda asequible y / o créditos para la compra o renovación de una vivienda. Este programa debe considerar las condiciones de vulnerabilidad en las que se encuentran las víctimas.

«Artículo 43. Los titulares de las dependencias, dependencias, entidades de la Ciudad y de los Ayuntamientos que forman parte de la Oficina de Igualdad Sustantiva y Violencia contra la Mujer, se reunirán periódicamente para evaluar el cumplimiento de los objetivos de esta Ley», indica.

Cabe mencionar que las modificaciones al artículo 50 Ter mencionan que la Refugios especializados Estarán a cargo de la Procuraduría General de la Ciudad, la cual deberá incluir los recursos necesarios para su funcionamiento en su anteproyecto de presupuesto de la Ciudad para cada año.

Las enmiendas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México fueron aprobado por el Congreso local el 10 de noviembre y este martes entraron en vigor. El Jefe de Gobierno tendrá un plazo máximo de 120 días hábiles para reformas regulatorias necesarios para la aplicación de este decreto.

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lr / rdmd

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